martes, 20 de octubre de 2009

Declaran inconstitucional Ley de Caducidad en Uruguay

MONTEVIDEO, 19 de octubre.— La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay dio a conocer este lunes la "inconstitucionalidad" de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, legislación que impedía juzgar a militares y policías de las fuerzas de la dictadura sufrida en ese país en 1974, acusados de violar los derechos humanos, informó AP.

Sobre esto, el abogado Juan Errandonea precisó que el fallo de la Corte determina la reapertura de las actuaciones judiciales contra los responsables del asesinato, y la desaparición de varios ciudadanos durante el régimen dictatorial.

Con el dictamen de hoy, la SCJ cerró los pronunciamientos sobre el instrumento jurídico, que fue derogado por el fiscal Rafael Ubiría por resultar incompatible —declaró— con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las Cartas de la Organización de Estados Americanos (OEA) y de las Naciones Unidas (ONU) y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, entre otros tratados.

El recurso contra la citada norma fue interpuesto en octubre del 2008, durante las pesquisas por la muerte de la militante de la juventud comunista Nibia Sabalsagaray, fallecida en 1974 mientras permanecía detenida en una instalación militar.

La Ley de Caducidad fue aprobada en 1986 con los votos de los parlamentarios integrantes de los Partidos Nacional y Colorado, y la oposición del Frente Amplio.

En las próximas elecciones generales, que se efectuaran el 25 de octubre, la población uruguaya tendrá la opción de votar por su nulidad en un plebiscito convocado a tal efecto.

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