domingo, 5 de julio de 2009

Suspenden a Honduras de la OEA por golpe de Estado

Foto: Archivo.

Caracas, 04 Jul. ABN.- La Organización de Estados Americanos (OEA) decidió por decisión de 33 estados miembros suspender a Honduras del ejercicio de su derecho de participación en el organismo multilateral.

“La secretaría ha registrado 33 votos afirmativos para suspender a Honduras del ejercicio de su derecho de participación en la OEA”, manifestó el Canciller que preside la Asamblea Extraordinaria de la OEA, Jorge Enrique Taiana.

La noche de este sábado durante la realización de una Sesión Extraordinaria de la OEA, 33 países miembros del organismo multilateral, manifestaron su voto afirmativo para suspender a Honduras de su derecho de participación en la OEA.

La votación de los Estados miembros se efectuó a mano alzada por el sí a la suspensión a Honduras sin ninguna abstención y sin ningún voto en contra.

La decisión de la OEA basada el artículo 21 de la Carta Democrática Interaméricana que señala, que cuando la Asamblea General constata que se ha producido la ruptura del orden democrático de un Estado miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas conforme a la Carta de la OEA se efectuará de manera inmediata la suspensión de su participación en el organismo.

La decisión de suspender a dicho Estado miembro a su derecho de participación en la OEA, se efectúa con el voto afirmativo de 2/3 de los estados miembros, es decir, por el voto de 24 países y entra en vigor de manera inmediata.

Tras anunciar la suspensión de Honduras en la OEA, el Canciller Taiana explicó que “por decisión de 33 Estados miembros se suspende a Honduras del ejercicio de su derecho de participación en la Organización de Estados Americanos, que destaca que de acuerdo al artículo 21 mencionado el Estado miembro que hubiera sido objeto de suspensión, deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la organización, en particular en materia de derechos humanos”

Sobre este aspecto agregó que “adoptada la decisión de suspender un Gobierno, según el artículo 21, la OEA mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado miembro afectado”.

Aprobación de proyecto de Resolución sobre suspensión de Honduras

Seguidamente Taiana expresó que tras haber resuelto por el voto de los Estados miembros, con respecto a la aplicación del artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana, se efectuaría la aprobación del texto de la resolución “tal y como ha sido remitido a este plenario por la Comisión General”

Sobre la suspensión del derecho de Honduras de participar en la OEA; la Asamblea General, profundamente preocupada por el agravamiento de la crisis actual en la República de Honduras y como resultado del golpe de Estado en contra del gobierno constitucional y la detención arbitraria y expulsión del país del presidente constitucional José Manuel Zelaya Rosales que produjo la alteración inconstitucional del orden democrático;

Reafirmando la importancia del respeto irrestricto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, y el principio de la no intervención en los asuntos internos de otros Estados;

Habiendo recibido el informe del secretario general sobre las gestiones diplomáticas realizadas según lo previsto en el artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana y dirigidas a restaurar la democracia y el Estado de Derecho, y a la restitución en su cargo del presidente José Manuel Zelaya Rosales, y observando que estas gestiones han sido infructuosas;

Constatando que el régimen surgido del golpe de Estado rechazó acatar lo establecido en la resolución AG/RES. 1 (XXXVII-E/09) adoptada por el trigésimo séptimo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, el 1 de julio de 2009; y

Habiendo tenido una votación entre los Estados miembros en los términos del artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana,

Resuelve:

1. Suspender al Estado de Honduras del ejercicio de su derecho de participación en la OEA de conformidad con el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana. La suspensión tendrá efecto inmediatamente.

2. Reafirmar que la República de Honduras deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos e instar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a que continúe adoptando todas las medidas necesarias para la tutela y defensa de los derechos humanos y la slibertades fundamentales en Honduras.

3. Enconmendar al secretario general que, junto a representantes de varios países debidamente designados, intensifique todas las gestiones diplomáticas y que promueva otras iniciativas para la restauración de la democracia y el estado de Derecho en la República de Honduras y a la restitución del presidente José Manuel Zelaya Rosales de manera que pueda cumplir con el mandato para el cual fue democráticamente elegido e informe de inmediato al Consejo Permanente. Ninguna gestión implicará el reconocimiento del régimen surgido de esta ruptura del orden constitucional.

4. Alentar a los Estados miembros y a las organizaciones internacionales que revisen sus relaciones con la República de Honduras durante el período de las gestiones diplomáticas para la restauración de la democracia y el estado de Derecho en la República de Honduras y la restitución del presidente José Manuel Zelaya Rosales.

5. Instruir al secretario general que remita esta resolución a los demás organismos del sistema interamericano y al secretario general de Naciones Unidas.

Al culminar la lectura del proyecto, Taina expuso: “Finalizada la lectura del proyecto propongo que dicho proyecto de resolución sea aprobado por aclamación (aplausos). El mismo ha sido aprobado y me permito agradecer a todos los miembros que han trabajado fuerte para lograr el consenso y la resolución que acabamos de aprobar”.

El proyecto fue aprobado por aclamación de todos los representantes que participaron en la Sesión Extraordinaria de la OEA.

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