miércoles, 23 de septiembre de 2009

Acerca del adiestramiento laboral

Lourdes Pérez Navarro

Para quien recién se gradúa comenzar a trabajar deviene motivo de alegría pero también de dudas. Entre las inquietudes más comunes de los jóvenes están: ¿El adiestramiento laboral dura el mismo tiempo que el servicio social? ¿Qué debe hacer el adiestrado en esa etapa?

La Resolución 9 emitida en marzo del 2007 por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, "Reglamento sobre el tratamiento a los recién graduados durante el periodo de adiestramiento laboral", aborda el tema.

De esta manera, lo define como el modo de formación que posibilita a los recién graduados de nivel superior y de técnico medio de la Educación Superior y de la Educación Técnica Profesional, su adaptación laboral y preparación complementaria para consolidar y desempeñar los conocimientos adquiridos y el desarrollo de habilidades prácticas que le permitan estar capacitados para asumir un cargo determinado en la entidad donde fueron asignados.

Para ello, las administraciones de los centros deben garantizar —entre otros aspectos— su formación integral como trabajador, mediante la identificación con el objeto empresarial y las proyecciones estratégicas de la entidad; el vínculo con el colectivo de trabajadores, así como la formación de valores éticos y morales.

También han de asegurar su participación en postgrados, cursos u otras actividades de superación relacionadas con el perfil del cargo para el que se adiestran; y desarrollar una motivación adecuada hacia el trabajo, a partir de una política sistemática de preparación, atención y estimulación.

En esto desempeña un papel esencial el tutor: trabajador con probadas condiciones de autoridad, calificación, experiencia y prestigio ante el colectivo, que es seleccionado por la dirección de la entidad para contribuir a la formación integral del recién graduado.

El tutor elaborará un plan individual de adiestramiento que comprende diferentes etapas. La primera consiste en la presentación y orientación iniciales: incluye el proceso de acogida y familiarización, que comienza con el recibimiento de los recién graduados por el Consejo de Dirección y las organizaciones políticas y de masas; información general sobre la organización de la entidad y funciones; características principales del proceso productivo o de servicio, sistemas de trabajo, de dirección y estimulación; Reglamento Disciplinario Interno; explicación de sus deberes y derechos como adiestrado; la presentación al colectivo y del tutor designado entre otros aspectos.

Continúa con la preparación general y específica del adiestrado; esta última es la etapa principal y por tanto la de más larga duración. Va dirigida a garantizar el dominio integral de todas las funciones y tareas del cargo para el cual se prepara en el área de su realización y abarca el conocimiento detallado del proceso de producción o servicio que se ejecuta en la misma, con periodos de rotación por cada uno de los departamentos, talleres, grupos de trabajo o actividades que la conforman.

Concluye con la evaluación final, la cual decide si el adiestrado está en condiciones de desempeñar definitivamente el cargo para el cual se preparó. A esta le preceden otras trimestrales en las que se valora el cumplimiento de los objetivos del plan, disciplina laboral y actitud ante el trabajo; a la par de señalar deficiencias dirigidas a mejorar su desempeño.

A los adiestrados le asisten los mismos deberes y derechos laborales, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidos para todos los trabajadores en la legislación vigente.

CUÁNTO DURA

El cumplimiento del tiempo de adiestramiento laboral comienza a contarse a partir de la incorporación al trabajo del recién graduado en la entidad a la que fue asignado, y está en correspondencia con el grado de complejidad del cargo para el cual se prepara y de los objetivos definidos en el plan individual.

Para aquellos que ocupan cargos en la categoría de técnicos —por ejemplo— durará hasta dos años. No obstante, si las evaluaciones trimestrales muestran que cumplen satisfactoriamente los aspectos propuestos, una vez transcurrido el primer año el jefe de la entidad puede dar por concluido el adiestramiento laboral.

Será hasta un año para los recién graduados que se preparan para ocupar cargos de las categorías ocupacionales de trabajadores administrativos, de servicios y operarios. Como en el caso anterior, si hay buen desempeño, a los seis meses puede culminar el proceso.

La Resolución 9/07 especifica que el adiestramiento laboral se cumple, en los casos en que así corresponde por la ley, dentro del periodo del Servicio Social. La conclusión o prolongación del primero, por cualquiera de las circunstancias descritas en este Reglamento —subraya—, no modifica el cumplimiento del segundo (tres años). Por tanto, uno y otro no tienen igual duración.

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