Dicen que como ella no hubo otra igual de polémica durante el período de las guerras de independencia. Pero no por eso, afirman también, a la constitución aprobada el 10 de abril de 1869, le faltó el espíritu unificador que necesitaba entonces la nación.
Tras el inicio de la lucha contra el colonialismo español para alcanzar la soberanía de Cuba, con el Grito de Independencia del 10 de octubre de 1868, resultó indispensable el entendimiento entre los mandos oriental (representado por Carlos Manuel de Céspedes) y centro-camagüeyano (encabezado por Ignacio Agramonte) en cuanto a la forma de conducir la contienda, pues existían discrepancias, motivadas por intereses regionales y por influencias de corrientes políticas anteriores. A pesar de ello, primó la sabiduría: poner la causa emancipadora por encima de los criterios divergentes y lograr la unidad de todas las fuerzas que la respaldaban.
De tal suerte, se acuerda convocar en Guáimaro, poblado de Camagüey cercano al límite con Oriente, la Asamblea Constituyente encargada de dotar de un fundamento jurídico al país y elegir a las autoridades que debían dirigir sus instituciones.
Entre los asuntos fundamentales abordados allí, y finalmente aprobados, estuvieron la constitución de un gobierno de forma republicana, adoptando la clásica división de poderes en legislativo, ejecutivo y judicial; se proclamó el objetivo emancipador y antiesclavista del proceso; fue creada una Cámara de Representantes que detentaría el poder político, y el cargo de Presidente de la República en Armas (poder ejecutivo), con lo cual se dota al estado de instituciones de dimensión nacional.
La proyección de nuestra primera Carta Magna, aunque fue aprobada en medio de la lucha, no solo estableció sus vínculos con ese estado de la nación. Un elemento significativo es la limitación que se estableció a la Cámara de Representantes para suprimir las libertades de culto, imprenta, reunión pacífica, enseñanza y petición, así como cualquier otro derecho propio del pueblo, marcando así el inicio del reconocimiento de los derechos civiles y las garantías constitucionales a todos los ciudadanos cubanos, concepto jurídico que por primera vez se reconoce.
De igual forma, se pronuncia en materia de contribuciones, empréstitos públicos, y ratificación de los tratados, declaración y conclusión de la guerra.
La de Guáimaro, como las otras constituciones nacidas en el fragor de los combates por la independencia, expresaron los niveles más altos de la cultura jurídica, social y política de la nación. Ella dotó, incluso con sus limitaciones, de un Estado de Derecho a esta nación que emergía, que podía reclamar su reconocimiento internacional y movilizar el apoyo de otros pueblos y países para la lucha que, en combate cruel y desigual, libraba el pueblo cubano.
De ahí que estén presentes en el espíritu actual de la nación sus concepciones libertarias y democráticas.
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